Conozca de qué se trata la ley de reprogramación y congelamiento de deudas
- ACTUALIDAD 20
- 12 oct 2020
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Actualizado: 24 nov 2020
El objetivo de la presente ley es reprogramar pagos de créditos de personas naturales y MYPE, bajo el otorgamiento de garantías del Gobierno Nacional a través del Programa de Garantías COVID-19.

Redactado por: Dayann Puente De La Vega
Desde el jueves 8 de octubre el gobierno oficializó la ley que establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas. Esta norma está dirigida para personas naturales y MYPES que se vieron afectadas económicamente por la COVID-19.
La mencionada ley 31050, publicada en el diario oficial “El Peruano” cuenta con garantía otorgada por el Gobierno Nacional. Para su aplicación las empresas que pertenecen al sistema financiero deben considerar que los beneficiarios cuenten hasta el 29 de febrero de 2020 con una calificación de riesgo normal o con problema potencial, en créditos de consumo, personales. hipotecarios , vehiculares y MYPES.
El Programa de Garantías solo cubre aquellas deudas que cumplan con los siguientes criterios o condiciones. Personas naturales y MYPES que cuenten con Créditos Hipotecarios, se excluyen los Créditos del Programa MIVIVIENDA, para las MYPES , Créditos de Consumo y Personales se exceptúa a personas que accedieron al Programa “Reactiva Perú”, FAE-MYPE, FAE-TURISMO y FAE-AGRO .
En el caso de las reprogramaciones de crédito de consumo, personal, hipotecario para vivienda, vehicular y MYPE, el plazo no puede exceder los 36 meses, el cual incluye el periodo de gracia. Finalmente, las Empresas del Sistema Financiero son responsables de verificar el cumplimiento de las regulaciones prudenciales que exige el sistema financiero e identificar a aquellos clientes que presentan dificultades para pagar las cuotas de las obligaciones contraídas.


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